LAg

Artículo 31. Requisitos de votacion en la asamblea

Establece los requisitos de votacion para los diferentes tipos de acuerdos de la asamblea ejidal, incluyendo la mayoria calificada para asuntos especiales.

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Texto Legal

Articulo 31 - Votacion en la Asamblea

De toda asamblea se levantara el acta correspondiente, que sera firmada por los miembros del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia que asistan, asi como por los ejidatarios presentes que deseen hacerlo. En caso de que quien deba firmar no pueda hacerlo, imprimira su huella digital debajo de donde este escrito su nombre.

Cuando se trate de los asuntos senalados en las fracciones VII a XIV del articulo 23, el acta debera ser pasada ante la fe del fedatario publico y ser inscrita en el Registro Agrario Nacional.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La transmision hereditaria de derechos ejidales requiere que el sucesor cumpla con los requisitos para ser ejidatario. Si ninguno de los sucesores cumple los requisitos, los derechos se enajenaran conforme al procedimiento establecido en la ley. Este mecanismo protege la integridad del ejido al evitar la acumulacion de parcelas en manos de personas ajenas al nucleo agrario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LAg?

Establece los requisitos de votacion para los diferentes tipos de acuerdos de la asamblea ejidal, incluyendo la mayoria calificada para asuntos especiales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Ley Agraria?

La transmision hereditaria de derechos ejidales requiere que el sucesor cumpla con los requisitos para ser ejidatario. Si ninguno de los sucesores cumple los requisitos, los derechos se enajenaran conforme al procedimiento establecido en la ley. Este mecanismo protege la integridad del ejido al evitar la acumulacion de parcelas en manos de personas ajenas al nucleo agrario.

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