Establece el procedimiento para la modificacion del SBC cuando este se integra con elementos variables, senalando que el promedio se determinara con base en los ingresos del bimestre anterior.
Cuando el salario base de cotizacion se integre con elementos variables, la modificacion se comunicara al Instituto dentro de los primeros cinco dias habiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
El salario variable se calculara obteniendo el promedio de los ingresos variables percibidos por el trabajador durante los dos meses inmediatos anteriores al bimestre de que se trate.
Se consideran elementos variables:
- Comisiones
- Horas extras
- Destajo
- Premios por productividad o asistencia de monto no predeterminado
- Propinas
- Cualquier otra percepcion cuyo monto no sea previamente conocido
Los avisos de modificacion por salario variable deberan presentarse a mas tardar el dia cinco de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, reflejando los ingresos variables del bimestre anterior.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: La modificacion bimestral por salario variable es una de las obligaciones que mas se incumplen. Los avisos deben presentarse en los primeros cinco dias habiles de cada mes impar (enero, marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre) con base en los ingresos del bimestre anterior. Muchos patrones olvidan esta obligacion periodica y mantienen el mismo SBC durante todo el ano, lo que genera diferencias de cuotas. Recomendamos programar alertas bimestrales para no omitir estas modificaciones.
Art. 36. Obligacion de comunicar modificaciones salariales
Establece la obligacion del patron de comunicar al IMSS cualquier modificacion al salario base de cotizacion de sus trabajadores, dentro de los cinco dias habiles siguientes al cambio.
Art. 37. Modificacion por cambio en salario fijo
Regula el procedimiento para comunicar las modificaciones salariales cuando el cambio se origina por una variacion en los elementos fijos del salario base de cotizacion del trabajador.
Art. 39. Modificacion por salario mixto
Regula la determinacion y modificacion del SBC cuando este se integra por una parte fija y otra variable, combinando las reglas de ambos tipos de salario.
Art. 54. SBC con elementos variables
Establece las reglas para la determinacion del salario base de cotizacion cuando este se integra con elementos de naturaleza variable, calculando el promedio del bimestre inmediato anterior.
Anterior
Art. 37. Modificacion por cambio en salario fijo
Siguiente
Art. 39. Modificacion por salario mixto
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo