Establece la obligacion del patron de comunicar al IMSS cualquier modificacion al salario base de cotizacion de sus trabajadores, dentro de los cinco dias habiles siguientes al cambio.
Los patrones estan obligados a comunicar al Instituto las modificaciones al salario base de cotizacion de sus trabajadores, dentro de los cinco dias habiles siguientes a la fecha en que se produzca el cambio.
Constituyen modificaciones al salario base de cotizacion:
1. Aumento o disminucion del salario fijo del trabajador
2. Cambio en las prestaciones que integran el salario
3. Variacion en los elementos variables de la remuneracion
4. Modificaciones derivadas de contratos colectivos o revisiones salariales
5. Incrementos por disposicion legal (aumento al salario minimo)
El aviso de modificacion salarial debera contener:
- Numero de registro patronal y nombre del patron
- NSS y nombre del trabajador
- Salario anterior registrado
- Nuevo salario base de cotizacion
- Fecha efectiva de la modificacion
- Causa de la modificacion
La modificacion salarial surtira efectos a partir de la fecha senalada en el aviso, la cual debera corresponder a la fecha real del cambio en la remuneracion del trabajador.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las modificaciones salariales son uno de los temas que mas contingencias generan ante el IMSS. Cada vez que cambia cualquier elemento del salario base de cotizacion (aumento de sueldo, cambio en prestaciones, revision contractual), debe presentarse aviso dentro de cinco dias habiles. Un error comun es no presentar aviso cuando se otorgan nuevas prestaciones o se modifican las existentes, lo cual puede derivar en diferencias de cuotas con actualizaciones y recargos al momento de una auditoria.
Art. 29. Plazos de inscripcion y movimientos afiliatorios
Consolida los plazos que deben observar los patrones para presentar los diferentes movimientos afiliatorios ante el IMSS, incluyendo altas, bajas y modificaciones salariales.
Art. 37. Modificacion por cambio en salario fijo
Regula el procedimiento para comunicar las modificaciones salariales cuando el cambio se origina por una variacion en los elementos fijos del salario base de cotizacion del trabajador.
Art. 49. Concepto de salario base de cotizacion
Define el salario base de cotizacion como la cantidad que sirve de base para calcular las cuotas obrero-patronales, estableciendo su forma de integracion conforme al articulo 27 de la Ley del Seguro Social.
Art. 52. Elementos que integran el SBC
Detalla los conceptos y percepciones que forman parte del salario base de cotizacion, desarrollando el catalogo de elementos integrantes conforme al articulo 27 de la Ley del Seguro Social.
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