Establece la pensión garantizada como el monto mínimo de pensión que el Estado asegura a los trabajadores que cumplan los requisitos de edad y semanas de cotización cuando sus recursos en AFORE sean insuficientes.
La pensión garantizada es aquella que el Estado asegura a quienes reúnan los requisitos de edad y semanas de cotización señalados en esta Ley, cuando los recursos de su cuenta individual sean insuficientes para contratar una renta vitalicia o un retiro programado que le proporcione una pensión de cuantía mayor.
El monto se determina conforme a una tabla que considera:
- Las semanas de cotización
- La edad del asegurado
- El salario promedio de cotización
La pensión garantizada no puede ser inferior a un salario mínimo general vigente.
La pensión garantizada se financia con:
- Los recursos de la cuenta individual del trabajador
- La aportación complementaria del gobierno federal
La pensión garantizada se actualiza anualmente en febrero conforme al INPC.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo define la renta vitalicia como opcion de pension. SDV recomienda a los trabajadores analizar cuidadosamente esta opcion, ya que implica transferir los recursos de la cuenta individual a una aseguradora que pagara una pension de por vida. La comparacion entre las propuestas de diferentes aseguradoras es fundamental para maximizar el monto de la pension.
Art. 154. Cesantía en edad avanzada – requisitos
Define la cesantía en edad avanzada como la contingencia que ocurre cuando el asegurado queda privado de trabajos remunerados a partir de los 60 años de edad, y establece los requisitos para obtener la pensión correspondiente.
Art. 162. Pensión por vejez – requisitos
Establece los requisitos para obtener la pensión por vejez: tener 65 años de edad cumplidos y el mínimo de semanas de cotización reconocidas ante el IMSS.
Art. 157. Renta vitalicia como modalidad de pensión
Define la renta vitalicia como el contrato mediante el cual el asegurado utiliza los recursos de su cuenta individual para contratar con una aseguradora una pensión garantizada de por vida.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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