Establece las reglas sobre pruebas en el juicio sumario: solo se admite prueba documental, y excepcionalmente pericial y testimonial cuando sean indispensables.
En el juicio en la vía sumaria solamente serán admisibles las pruebas documentales, salvo que se ofrezca la pericial o testimonial y el Magistrado las considere indispensables para la resolución del asunto.
| Prueba | Admisible | Condición |
|---|---|---|
| Documental pública | Sí | Sin restricción |
| Documental privada | Sí | Sin restricción |
| Pericial | Excepcionalmente | Cuando sea indispensable |
| Testimonial | Excepcionalmente | Cuando sea indispensable |
| Superveniente | Sí | Antes de sentencia |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La limitación probatoria del juicio sumario requiere que la estrategia se base principalmente en prueba documental sólida. En SDV Asesores preparamos cuidadosamente el acervo documental para demostrar la ilegalidad del acto sin necesidad de pruebas de desahogo complejo.
Art. 40. Pruebas admisibles
Establece que en el juicio contencioso administrativo son admisibles toda clase de pruebas, excepto la confesión de las autoridades mediante absolucín de posiciones, y regula la valoración de las pruebas documentales.
Art. 29. Ofrecimiento de pruebas
Establece que las pruebas deben ofrecerse en la demanda o en la contestación, según corresponda a cada parte, y regula la oportunidad procesal para su ofrecimiento.
Art. 58-A. Juicio en la vía sumaria - Procedencia
Establece la procedencia del juicio en la vía sumaria para asuntos de menor cuantía o complejidad, incluyendo multas fiscales, resoluciones de cuantía menor y asuntos de fácil resolución.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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