Regula la contestación de la demanda en el juicio sumario, con un plazo de 15 días y los mismos requisitos que la contestación en el juicio ordinario.
La contestación de la demanda en el juicio sumario se presentará dentro de los quince días siguientes a aquél en que surta efectos la notificación del auto admisorio.
La contestación deberá cumplir con los requisitos del artículo 20 de esta Ley, incluyendo la obligación de exhibir el expediente administrativo.
- Plazo: 15 días (vs. 30 del ordinario)
- Se aplica la presunción de ciertos los hechos si no se contesta
- El expediente administrativo debe exhibirse completo
Interpretación práctica por el equipo de SDV
En el juicio sumario, el plazo reducido para contestar presiona a la autoridad. En SDV Asesores verificamos que la autoridad conteste oportunamente y, de no hacerlo, solicitamos que se aplique la presunción de hechos ciertos.
Art. 20. Contestación de la demanda
Establece el plazo de 30 días hábiles para que la autoridad demandada conteste la demanda, los requisitos de su contestación, y la obligación de acompañar el expediente administrativo.
Art. 22. Contestación extemporánea y sus efectos
Regula los efectos de la contestación extemporánea de la demanda y establece que cuando la autoridad no conteste oportunamente, se presumirán ciertos los hechos de la demanda.
Art. 58-C. Demanda en juicio sumario
Establece los requisitos específicos de la demanda en el juicio sumario, que son similares a los del juicio ordinario pero con ajustes para la vía sumaria.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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