LFPCA

Artículo 58-C. Demanda en juicio sumario

Establece los requisitos específicos de la demanda en el juicio sumario, que son similares a los del juicio ordinario pero con ajustes para la vía sumaria.

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Texto Legal

Artículo 58-C – Demanda en Juicio Sumario

La demanda en el juicio sumario deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 14 de esta Ley, con las particularidades siguientes:

- Se presentará ante el Magistrado unitario de la Sala Regional competente
- Se adjuntarán los documentos señalados en el artículo 15
- Las pruebas se ofrecerán en la demanda

Particularidades

1. Se tramita ante Magistrado unitario (no Sala colegiada)
2. Los plazos son los reducidos del artículo 58-B
3. Se aplican supletoriamente las reglas del juicio ordinario

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La demanda en juicio sumario debe ser concisa pero completa. En SDV Asesores adaptamos nuestra estrategia a la naturaleza sumaria del procedimiento, concentrando los argumentos más fuertes para obtener una resolución favorable en menor tiempo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-C del LFPCA?

Establece los requisitos específicos de la demanda en el juicio sumario, que son similares a los del juicio ordinario pero con ajustes para la vía sumaria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-C de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La demanda en juicio sumario debe ser concisa pero completa. En SDV Asesores adaptamos nuestra estrategia a la naturaleza sumaria del procedimiento, concentrando los argumentos más fuertes para obtener una resolución favorable en menor tiempo.

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