LFPCA

Artículo 58-23. Revocación de la suspensión en el juicio de resolución exclusiva de fondo

Establece los supuestos en que puede revocarse la suspensión otorgada en el juicio de resolución exclusiva de fondo y las consecuencias de dicha revocación.

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Texto Legal

Artículo 58-23 – Revocación de la Suspensión

La suspensión otorgada en el juicio de resolución exclusiva de fondo podrá ser revocada por la Sala cuando:

I. La garantía otorgada resulte insuficiente por incremento del crédito fiscal con actualizaciones y recargos.

II. El contribuyente no sustituya la garantía dentro del plazo que se le otorgue.

III. Se acredite que el contribuyente realizó actos tendientes a evadir el cumplimiento de la resolución impugnada.

IV. Cambien las circunstancias que motivaron su otorgamiento.

Procedimiento de revocación

La autoridad solicitará la revocación mediante incidente, del cual se dará vista al particular por cinco días para que manifieste lo que a su derecho convenga. La Sala resolverá dentro de los cinco días siguientes.

Efectos de la revocación

Revocada la suspensión, la autoridad podrá proceder a la ejecución de la resolución impugnada. El particular podrá solicitar nueva suspensión si acredita que han cambiado las circunstancias que motivaron la revocación.

Ampliación de garantía

Antes de la revocación, el Magistrado Instructor podrá otorgar al particular un plazo prudente para ampliar o sustituir la garantía, buscando preservar la medida cautelar.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La revocación de la suspensión puede dejar al contribuyente expuesto al cobro del crédito durante el juicio. En SDV Asesores monitoreamos constantemente la suficiencia de las garantías y anticipamos la necesidad de ampliación para evitar revocaciones inesperadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58-23 del LFPCA?

Establece los supuestos en que puede revocarse la suspensión otorgada en el juicio de resolución exclusiva de fondo y las consecuencias de dicha revocación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58-23 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La revocación de la suspensión puede dejar al contribuyente expuesto al cobro del crédito durante el juicio. En SDV Asesores monitoreamos constantemente la suficiencia de las garantías y anticipamos la necesidad de ampliación para evitar revocaciones inesperadas.

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