Regula la distribucion de costas y gastos del procedimiento arbitral, incluyendo honorarios de arbitros, gastos administrativos y la facultad del tribunal para condenar en costas.
El tribunal arbitral determinara en el laudo la distribucion de las costas y gastos del procedimiento arbitral entre las partes.
I. Las costas del arbitraje comprenden:
a) Los honorarios de los arbitros;
b) Los gastos de administracion del centro o institucion arbitral, en caso de arbitraje institucional;
c) Los honorarios de peritos designados por el tribunal;
d) Los gastos de viaje, alojamiento y comunicacion necesarios para el desarrollo del procedimiento;
e) Los gastos de representacion legal de las partes, cuando el tribunal determine su procedencia.
I. Las partes podran acordar la distribucion de costas en el acuerdo arbitral o durante el procedimiento.
II. A falta de acuerdo, el tribunal arbitral distribuira las costas conforme al principio de que la parte vencida cargara con los costos del arbitraje, pudiendo moderar esta regla cuando las circunstancias del caso lo justifiquen.
III. El tribunal podra condenar a una parte al pago de costas cuando su conducta procesal haya sido temeraria, dilatoria o contraria a la buena fe.
I. En arbitraje institucional, el centro podra solicitar a las partes el deposito de anticipos a cuenta de las costas estimadas del procedimiento.
II. Si una de las partes no cubre su parte del anticipo, la otra podra hacerlo en su nombre, sin perjuicio de reclamar el reembolso en el laudo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La distribucion de costas y gastos del arbitraje es un tema critico que debe considerarse desde la clausula arbitral. En SDV Asesores de Negocio recomendamos incluir previsiones claras sobre quien asumira los costos en caso de controversia, ya que los honorarios arbitrales pueden ser significativamente mayores que las costas judiciales.
Art. 21. Arbitraje: disposiciones generales
Establece las disposiciones generales del arbitraje: naturaleza vinculante del laudo, tipos de arbitraje (institucional y ad hoc), y principios del procedimiento arbitral.
Art. 27. Laudo arbitral
Regula el laudo arbitral: requisitos de forma y fondo, tipos de laudo, efectos juridicos, ejecutabilidad y causales de nulidad. El laudo tiene fuerza de sentencia ejecutoriada.
Art. 39. Tarifas y costos de los MASC
Regula las tarifas y costos de los servicios de mecanismos alternativos en centros publicos y privados, estableciendo principios de razonabilidad y transparencia.
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