Establece la obligacion de presentar declaraciones informativas trimestrales que detallen las operaciones realizadas con bienes gravados por el IEPS. Define el contenido, formato y plazos de presentacion de estas declaraciones ante el SAT.
Los contribuyentes a que se refiere esta Ley deberan proporcionar al Servicio de Administracion Tributaria, trimestralmente, la informacion sobre sus operaciones con bienes gravados por el IEPS.
La declaracion informativa debera contener, como minimo, la siguiente informacion por cada tipo de bien:
1. Volumen de produccion o importacion: Cantidad total de bienes producidos o importados en el trimestre, expresada en las unidades de medida correspondientes (litros, kilogramos, piezas, etc.).
2. Valor de las operaciones: Monto total de las enajenaciones, importaciones y prestacion de servicios realizadas en el trimestre.
3. IEPS causado: Monto total del impuesto causado en el trimestre, desglosado por tipo de bien y tasa aplicable.
4. IEPS acreditable: Monto total del impuesto acreditable en el trimestre.
5. Inventarios: Volumen de inventarios al inicio y al final del trimestre.
La declaracion se presenta a traves del portal del SAT utilizando los formatos electronicos autorizados. El SAT puede solicitar que la informacion se presente en medios magneticos o a traves de su pagina de Internet.
| Trimestre | Periodo | Fecha limite |
|---|---|---|
| Primero | Enero a marzo | 20 de abril |
| Segundo | Abril a junio | 20 de julio |
| Tercero | Julio a septiembre | 20 de octubre |
| Cuarto | Octubre a diciembre | 20 de enero |
La falta de presentacion de las declaraciones informativas puede generar:
- Multas conforme al Codigo Fiscal de la Federacion
- Imposibilidad de obtener marbetes y precintos
- Requerimientos de informacion del SAT
- Suspension del padron de importadores
El SAT utiliza la informacion de estas declaraciones para realizar cruces con la informacion de los CFDI, declaraciones de pago y la informacion aduanera, con el fin de detectar discrepancias e inconsistencias que puedan indicar evasion fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las declaraciones informativas del IEPS son una herramienta clave de fiscalizacion del SAT. La omision o presentacion incompleta de estas declaraciones es una de las causales mas frecuentes de revision por parte de la autoridad fiscal en el sector de bebidas y tabacos. El cruce de informacion entre las declaraciones informativas, los CFDI y los reportes de marbetes permite al SAT detectar discrepancias con alta precision. Recomendamos a los contribuyentes automatizar la generacion de estas declaraciones y conciliarlas previamente con su contabilidad y sus declaraciones de pago mensual.
Art. 4. Acreditamiento del IEPS
Regula el derecho de los contribuyentes a acreditar el IEPS que les fue trasladado o el que pagaron en la importacion, contra el IEPS a su cargo. Establece los requisitos y limitaciones para el acreditamiento, incluyendo la obligacion de que el impuesto conste en comprobantes fiscales.
Art. 5. Pagos mensuales definitivos
Establece la obligacion de los contribuyentes del IEPS de realizar pagos mensuales definitivos a mas tardar el dia 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Define la mecanica de calculo del pago mensual como la diferencia entre el IEPS causado y el IEPS acreditable.
Art. 5-A. Obligaciones de productores e importadores
Establece las obligaciones especificas de los productores, fabricantes e importadores de bienes gravados con el IEPS, incluyendo el registro de equipos de produccion, el control de volumenes producidos y las declaraciones informativas adicionales que deben presentar.
Art. 19. Obligaciones de los contribuyentes del IEPS
Establece las obligaciones formales que deben cumplir los contribuyentes del IEPS, incluyendo el registro de marbetes y precintos, la presentacion de declaraciones informativas, el control de inventarios, la separacion contable por producto y las obligaciones de etiquetado.
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