LIEPS

Artículo 5. Pagos mensuales definitivos

Establece la obligacion de los contribuyentes del IEPS de realizar pagos mensuales definitivos a mas tardar el dia 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Define la mecanica de calculo del pago mensual como la diferencia entre el IEPS causado y el IEPS acreditable.

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Texto Legal

Articulo 5 - Pagos mensuales definitivos

El impuesto se calculara mensualmente y se pagara a mas tardar el dia 17 del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago.

Mecanica de calculo

El pago mensual sera la diferencia que resulte de restar al impuesto que corresponda al total de las actividades realizadas en el mes por el que se efectua el pago, el impuesto que resulte acreditable en el mismo mes.

Formula del pago mensual

```
IEPS a pagar = IEPS causado en el mes - IEPS acreditable en el mes
```

Caracter definitivo

Los pagos mensuales del IEPS son definitivos, es decir, no estan sujetos a ajuste anual ni a declaracion del ejercicio (a diferencia del ISR). Cada periodo mensual se liquida de forma independiente.

Declaracion de pago

La declaracion de pago mensual se presenta a traves del portal del SAT, utilizando los formatos electronicos autorizados. La declaracion debe incluir:

- Total de actos o actividades gravadas en el mes
- Desglose por tipo de bien o servicio
- IEPS causado por cada categoria
- IEPS acreditable (en su caso)
- Diferencia a cargo o a favor

Plazo de presentacion


Ultimo digito del RFCFecha limite
1 y 2Dia 17 mas un dia habil
3 y 4Dia 17 mas dos dias habiles
5 y 6Dia 17 mas tres dias habiles
7 y 8Dia 17 mas cuatro dias habiles
9 y 0Dia 17 mas cinco dias habiles

Nota: El calendario anterior aplica conforme a las facilidades administrativas que en su caso publique el SAT.

Saldo a favor

Cuando el IEPS acreditable sea mayor al causado, no se generara saldo a favor susceptible de devolucion, excepto cuando el saldo a favor derive de la aplicacion de la tasa del 0% a exportaciones. En dicho caso, el contribuyente puede solicitar la devolucion conforme a las disposiciones del Codigo Fiscal de la Federacion.

Ejemplo practico

Una empresa enajena cigarros en enero:
- Ventas del mes: $2,000,000
- IEPS causado (160%): $3,200,000
- Cuota adicional (200,000 cigarros x $0.5921): $118,420
- IEPS total causado: $3,318,420
- IEPS acreditable del mes: $2,500,000
- IEPS a pagar: $818,420
- Fecha limite de pago: 17 de febrero

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El caracter definitivo de los pagos mensuales del IEPS significa que no existe declaracion anual del impuesto. Cada mes se cierra de forma independiente. Esto implica que errores en un mes solo pueden corregirse mediante declaraciones complementarias del mismo periodo. La imposibilidad de recuperar saldos a favor (excepto en exportaciones) obliga a los contribuyentes a planificar cuidadosamente sus operaciones de compra y venta para evitar acumulaciones de IEPS no acreditable. Recomendamos a nuestros clientes llevar un control mensual estricto del IEPS causado y acreditable por tipo de producto.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 5 del LIEPS?

Establece la obligacion de los contribuyentes del IEPS de realizar pagos mensuales definitivos a mas tardar el dia 17 del mes siguiente al que corresponda el pago. Define la mecanica de calculo del pago mensual como la diferencia entre el IEPS causado y el IEPS acreditable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 5 de la Ley del IEPS?

El caracter definitivo de los pagos mensuales del IEPS significa que no existe declaracion anual del impuesto. Cada mes se cierra de forma independiente. Esto implica que errores en un mes solo pueden corregirse mediante declaraciones complementarias del mismo periodo. La imposibilidad de recuperar saldos a favor (excepto en exportaciones) obliga a los contribuyentes a planificar cuidadosamente sus operaciones de compra y venta para evitar acumulaciones de IEPS no acreditable. Recomendamos a nuestros clientes llevar un control mensual estricto del IEPS causado y acreditable por tipo de producto.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 5 LIEPS?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 5 del LIEPS, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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