Los menores de dieciocho anos disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas de dieciocho dias laborables, por lo menos.
Los menores de dieciocho anos disfrutaran de un periodo anual de vacaciones pagadas de dieciocho dias laborables, por lo menos.
| Trabajador | Vacaciones primer ano |
|---|---|
| **Mayor de 18** | 12 dias (Art. 76) |
| **Menor de 18** | 18 dias (Art. 179) |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los menores de 18 anos tienen derecho a un minimo de 18 dias laborables de vacaciones anuales, lo que es superior al minimo general. Tras la reforma de vacaciones dignas de 2023, este diferencial debe revisarse ya que el minimo general aumento a 12 dias. Las empresas deben aplicar siempre el periodo mas favorable para el menor trabajador.
Art. 76. Dias de vacaciones por antiguedad
Establece que los trabajadores con mas de un ano de servicios tienen derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas de minimo 12 dias laborables, que aumentara en 2 dias por cada ano subsecuente hasta llegar a 20, y despues aumentara 2 dias por cada 5 anos de servicio. Reforma de vacaciones dignas 2023.
Art. 173. Requisitos para el trabajo de menores de edad
Establece que el trabajo de los mayores de quince y menores de dieciocho anos queda sujeto a vigilancia y proteccion especiales de las autoridades del trabajo. Queda prohibido el trabajo de menores de quince anos. Los mayores de quince y menores de dieciseis requieren autorizacion de los padres y certificado medico.
Art. 177. Jornada de trabajo para menores
La jornada de trabajo de los menores de dieciseis anos no podra exceder de seis horas diarias divididas en periodos maximos de tres horas, con una hora de reposo entre ellos.
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Art. 178. Prohibicion de horas extras y trabajo en dias de descanso para menores
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Art. 180. Obligacion de patron con menores trabajadores
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