La jornada de trabajo de los menores de dieciseis anos no podra exceder de seis horas diarias divididas en periodos maximos de tres horas, con una hora de reposo entre ellos.
La jornada de trabajo de los menores de dieciseis anos no podra exceder de seis horas diarias y debera dividirse en periodos maximos de tres horas. Entre los distintos periodos de la jornada disfrutaran de reposos de una hora por lo menos.
| Aspecto | Regla |
|---|---|
| **Jornada maxima** | 6 horas diarias |
| **Periodos** | Maximos de 3 horas |
| **Reposo** | 1 hora entre periodos |
| **Horas extras** | Prohibidas |
| **Trabajo nocturno** | Prohibido |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La jornada de menores de 16 anos tiene un limite de 6 horas diarias, divididas en periodos maximos de 3 horas con una hora de reposo. Esta restriccion es mas severa que la jornada regular y las empresas deben disenarar horarios especiales para estos trabajadores. El exceso de jornada para menores genera sanciones agravadas.
Art. 61. Duracion maxima de la jornada de trabajo
Establece la duracion maxima de las jornadas de trabajo: 8 horas la diurna, 7 horas la nocturna y 7 horas y media la mixta. Estos limites son maximos legales que no pueden excederse por acuerdo entre patron y trabajador.
Art. 173. Requisitos para el trabajo de menores de edad
Establece que el trabajo de los mayores de quince y menores de dieciocho anos queda sujeto a vigilancia y proteccion especiales de las autoridades del trabajo. Queda prohibido el trabajo de menores de quince anos. Los mayores de quince y menores de dieciseis requieren autorizacion de los padres y certificado medico.
Art. 175. Trabajos prohibidos para menores de 18 anos
Queda prohibida la utilizacion del trabajo de los menores de dieciocho anos en labores peligrosas o insalubres, trabajos nocturnos industriales, horas extraordinarias y trabajos ambulantes.
Anterior
Art. 176. Labores peligrosas para menores
Siguiente
Art. 178. Prohibicion de horas extras y trabajo en dias de descanso para menores
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo