LFT

Artículo 160. Trabajador temporal en puesto vacante

Cuando la vacante sea temporal, el trabajador que la ocupe tendra derecho a regresar a su puesto original al terminar la causa que origino la vacante.

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Texto Legal

Articulo 160 - Regreso a Puesto Original

Cuando se trate de vacantes menores de treinta dias, se estara a lo dispuesto en el parrafo primero del articulo anterior.

El trabajador que ocupe temporalmente un puesto de categoria superior tendra derecho a las diferencias de salario que le correspondan durante el tiempo que desempene las funciones superiores.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El trabajador temporal en puesto vacante conserva su derecho a regresar a su puesto original. Esta proteccion evita que la movilidad temporal perjudique al trabajador. Las empresas deben documentar claramente la temporalidad de la asignacion y garantizar el retorno del trabajador a sus condiciones originales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 160 del LFT?

Cuando la vacante sea temporal, el trabajador que la ocupe tendra derecho a regresar a su puesto original al terminar la causa que origino la vacante.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 160 de la Ley del Trabajo?

El trabajador temporal en puesto vacante conserva su derecho a regresar a su puesto original. Esta proteccion evita que la movilidad temporal perjudique al trabajador. Las empresas deben documentar claramente la temporalidad de la asignacion y garantizar el retorno del trabajador a sus condiciones originales.

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