LFT

Artículo 153. Reglas complementarias de vivienda

Los patrones estan obligados a cooperar para la buena administracion del INFONAVIT y a respetar los derechos de vivienda de los trabajadores.

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Texto Legal

Articulo 153 - Cooperacion Patronal

Los patrones estan obligados a cooperar con el INFONAVIT para la buena administracion del Fondo Nacional de la Vivienda y a cumplir con las disposiciones reglamentarias.

La cooperacion incluye la inscripcion oportuna de trabajadores, el pago puntual de aportaciones y la retencion correcta de descuentos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los patrones deben cooperar con la administracion del INFONAVIT y respetar los derechos de vivienda. Esto incluye proporcionar informacion oportuna, facilitar inspecciones y cumplir con las resoluciones del Instituto. La falta de cooperacion puede generar sanciones administrativas y dificultar las relaciones con el organismo de vivienda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 153 del LFT?

Los patrones estan obligados a cooperar para la buena administracion del INFONAVIT y a respetar los derechos de vivienda de los trabajadores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 153 de la Ley del Trabajo?

Los patrones deben cooperar con la administracion del INFONAVIT y respetar los derechos de vivienda. Esto incluye proporcionar informacion oportuna, facilitar inspecciones y cumplir con las resoluciones del Instituto. La falta de cooperacion puede generar sanciones administrativas y dificultar las relaciones con el organismo de vivienda.

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