Toda empresa esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas. Para cumplir esta obligacion, las empresas realizan aportaciones al INFONAVIT.
Toda empresa agricola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas.
Para dar cumplimiento a esta obligacion, las empresas deberan aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La obligacion de proporcionar habitacion se cumple mediante las aportaciones al INFONAVIT (5% del salario). Ningun patron esta obligado a construir o proporcionar directamente viviendas. Sin embargo, la aportacion al INFONAVIT es obligatoria para todos los patrones con trabajadores. El incumplimiento genera recargos, actualizaciones y posibles sanciones fiscales.
Art. 132. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones principales de los patrones: pagar salarios e indemnizaciones, proporcionar herramientas de trabajo, mantener lugares de trabajo seguros e higienicos, expedir constancias de trabajo, inscribir a trabajadores en IMSS e INFONAVIT, capacitar, entre otras.
Art. 137. INFONAVIT administra el fondo de vivienda
El Fondo Nacional de la Vivienda tendra por objeto crear sistemas de financiamiento que permitan a los trabajadores obtener credito barato y suficiente para adquirir habitaciones.
Art. 141. Aportaciones patronales al INFONAVIT
Las aportaciones al fondo de vivienda son gastos de prevision social equivalentes al 5% del salario de los trabajadores.
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Art. 137. INFONAVIT administra el fondo de vivienda
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