LFT

Artículo 136. Derecho a habitacion para trabajadores

Toda empresa esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas. Para cumplir esta obligacion, las empresas realizan aportaciones al INFONAVIT.

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Texto Legal

Articulo 136 - Obligacion de Proporcionar Habitacion

Toda empresa agricola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas.

Para dar cumplimiento a esta obligacion, las empresas deberan aportar al Fondo Nacional de la Vivienda el cinco por ciento sobre los salarios de los trabajadores a su servicio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La obligacion de proporcionar habitacion se cumple mediante las aportaciones al INFONAVIT (5% del salario). Ningun patron esta obligado a construir o proporcionar directamente viviendas. Sin embargo, la aportacion al INFONAVIT es obligatoria para todos los patrones con trabajadores. El incumplimiento genera recargos, actualizaciones y posibles sanciones fiscales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 136 del LFT?

Toda empresa esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas. Para cumplir esta obligacion, las empresas realizan aportaciones al INFONAVIT.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 136 de la Ley del Trabajo?

La obligacion de proporcionar habitacion se cumple mediante las aportaciones al INFONAVIT (5% del salario). Ningun patron esta obligado a construir o proporcionar directamente viviendas. Sin embargo, la aportacion al INFONAVIT es obligatoria para todos los patrones con trabajadores. El incumplimiento genera recargos, actualizaciones y posibles sanciones fiscales.

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