Enumera las conductas prohibidas a los trabajadores: ejecutar actos que pongan en peligro su seguridad o la de sus companeros, faltar sin causa justificada, substraer utiles de trabajo, presentarse en estado de embriaguez, portar armas, suspender labores sin autorizacion, hacer colectas, usar herramientas del patron para uso particular, y realizar propaganda en horas de trabajo.
Queda prohibido a los trabajadores:
I. Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su seguridad, la de sus companeros o la de terceras personas, asi como la del establecimiento
II. Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patron
III. Substraer de la empresa o establecimiento utiles de trabajo o materia prima, sin permiso del patron
IV. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez
V. Presentarse al trabajo bajo la influencia de algun narcotico o droga enervante
VI. Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo
VII. Suspender las labores sin autorizacion del patron
VIII. Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo
IX. Usar los utiles y herramientas suministrados por el patron para objeto distinto del trabajo
X. Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo dentro del establecimiento
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las prohibiciones a los trabajadores incluyen conductas que afectan la seguridad, productividad y disciplina del centro de trabajo. Su incumplimiento puede constituir causa de rescision conforme al articulo 47. Las empresas deben incluir estas prohibiciones en el reglamento interior de trabajo y difundirlas entre los trabajadores. La documentacion de infracciones es esencial para sostener un despido justificado.
Art. 47. Causas de rescision sin responsabilidad para el patron
Enumera las causas por las cuales el patron puede despedir justificadamente a un trabajador sin responsabilidad de pago de indemnizacion: engano, faltas de probidad, violencia, dano intencional, negligencia grave, actos inmorales, revelar secretos, mas de tres faltas injustificadas en 30 dias, entre otras.
Art. 133. Prohibiciones a los patrones
Enumera las conductas prohibidas a los patrones: negarse a aceptar trabajadores por edad o sexo, exigir que los trabajadores compren en tienda determinada, exigir o aceptar dinero por empleo, obligar a afiliarse a sindicato, intervenir en regimen sindical, hacer propaganda politica, exigir prueba de embarazo, realizar hostigamiento o acoso sexual, entre otras.
Art. 134. Obligaciones de los trabajadores
Enumera las obligaciones de los trabajadores: cumplir las disposiciones del reglamento interior, observar las medidas de seguridad e higiene, desempenar el servicio bajo la direccion del patron, ejecutar el trabajo con intensidad y cuidado apropiados, dar aviso inmediato al patron de deficiencias o faltas de material, restituir materiales no usados, guardar secretos, entre otras.
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