Los trabajadores podran acudir a la Secretaria de Hacienda y Credito Publico para que se practique una revision de la declaracion anual del patron.
El derecho de los trabajadores para formular objeciones a la declaracion que presente el patron a la SHCP se ajustara a las normas siguientes:
I. El plazo para formular objeciones es de treinta dias, contados a partir del dia siguiente a aquel en que el patron puso a disposicion de los trabajadores la copia de la declaracion
II. La SHCP dictara resolucion definitiva, la cual no podra ser recurrida por los trabajadores
III. Las objeciones deberan formularse por escrito
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El derecho de los trabajadores a solicitar a la SHCP una revision de la declaracion del patron es un mecanismo de fiscalizacion complementario. Aunque en la practica esta facultad se ejerce poco, las empresas deben mantener sus declaraciones fiscales y contabilidad en orden. La transparencia en el calculo de utilidades reduce el riesgo de impugnaciones y revisiones.
Art. 117. Derecho a la participacion en las utilidades (PTU)
Establece el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas, conforme al porcentaje que determine la Comision Nacional para la Participacion de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (10%).
Art. 121. Procedimiento para el reparto de PTU
Establece el procedimiento que deben seguir las empresas para determinar y repartir la participacion de los trabajadores en las utilidades. El patron debe entregar a los trabajadores copia de la declaracion anual dentro de los 10 dias habiles siguientes a su presentacion.
Art. 118. Concepto de utilidades para PTU
Los trabajadores de las empresas que manejen su contabilidad conforme a la ley tendran derecho a formular objeciones a la declaracion del patron.
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Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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