LFT

Artículo 130. Gastos de administracion de PTU

La Secretaria de Hacienda y Credito Publico, al practicar la revision de la declaracion presentada por el patron, podra modificar la utilidad gravable.

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Texto Legal

Articulo 130 - Revision de la Declaracion por Hacienda

La Secretaria de Hacienda y Credito Publico, al practicar la revision de la declaracion presentada por el patron, podra modificar la utilidad gravable.

Si derivado de la revision la utilidad aumenta, se debera efectuar un reparto adicional dentro de los 60 dias siguientes a la fecha en que se notifique la resolucion.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La SHCP puede modificar la utilidad gravable al practicar la revision de la declaracion del patron. Si la modificacion resulta en una mayor utilidad, los trabajadores tienen derecho a un reparto adicional. Las empresas que enfrenten revisiones fiscales deben considerar el impacto en la PTU y provisionar los montos correspondientes como contingencia laboral.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 130 del LFT?

La Secretaria de Hacienda y Credito Publico, al practicar la revision de la declaracion presentada por el patron, podra modificar la utilidad gravable.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 130 de la Ley del Trabajo?

La SHCP puede modificar la utilidad gravable al practicar la revision de la declaracion del patron. Si la modificacion resulta en una mayor utilidad, los trabajadores tienen derecho a un reparto adicional. Las empresas que enfrenten revisiones fiscales deben considerar el impacto en la PTU y provisionar los montos correspondientes como contingencia laboral.

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