Las Comisiones Mixtas tienen como funcion vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas de capacitacion y adiestramiento.
En cada empresa se constituiran Comisiones Mixtas de Capacitacion, Adiestramiento y Productividad, integradas por igual numero de representantes de los trabajadores y del patron, las cuales vigilaran la instrumentacion y operacion del sistema y de los procedimientos que se implanten.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las funciones ampliadas de las Comisiones Mixtas incluyen la vinculacion de la capacitacion con la productividad. Esto significa que los programas de capacitacion deben tener objetivos medibles en terminos de mejora productiva. Las empresas que integran capacitacion y productividad obtienen beneficios operativos y cumplen simultaneamente con dos obligaciones legales.
Art. 153-A. Derecho a capacitacion y adiestramiento
Los patrones tienen la obligacion de proporcionar a todos los trabajadores capacitacion o adiestramiento en su trabajo para elevar su nivel de vida, competencia laboral y productividad.
Art. 153-F. Comisiones Mixtas de Capacitacion
En cada empresa se constituiran Comisiones Mixtas de Capacitacion, Adiestramiento y Productividad, integradas por representantes de trabajadores y patrones.
Art. 153-G. Registro de planes de capacitacion
Durante la vigencia de la relacion de trabajo, los patrones estan obligados a proporcionar formacion y capacitacion.
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