LFT

Artículo 150. Valor de habitacion como salario

Cuando la habitacion se proporcione gratuitamente, se estimara como beneficio el equivalente al 25% del salario del trabajador.

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Texto Legal

Articulo 150 - Valor de la Habitacion como Prestacion

Cuando las empresas proporcionen a sus trabajadores habitacion gratuita, se estimara como beneficio un porcentaje equivalente al veinticinco por ciento del salario del trabajador para efectos de la integracion del salario (Art. 84).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Cuando la habitacion se proporciona gratuitamente, se estima como beneficio equivalente al 25% del salario. Este valor se integra al salario para efectos de cotizacion al IMSS e INFONAVIT. Las empresas que otorgan vivienda gratuita a sus trabajadores (comun en el sector agricola y minero) deben considerar esta integracion en sus bases de cotizacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 150 del LFT?

Cuando la habitacion se proporcione gratuitamente, se estimara como beneficio el equivalente al 25% del salario del trabajador.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 150 de la Ley del Trabajo?

Cuando la habitacion se proporciona gratuitamente, se estima como beneficio equivalente al 25% del salario. Este valor se integra al salario para efectos de cotizacion al IMSS e INFONAVIT. Las empresas que otorgan vivienda gratuita a sus trabajadores (comun en el sector agricola y minero) deben considerar esta integracion en sus bases de cotizacion.

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