Cuando la habitacion se proporcione gratuitamente, se estimara como beneficio el equivalente al 25% del salario del trabajador.
Cuando las empresas proporcionen a sus trabajadores habitacion gratuita, se estimara como beneficio un porcentaje equivalente al veinticinco por ciento del salario del trabajador para efectos de la integracion del salario (Art. 84).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cuando la habitacion se proporciona gratuitamente, se estima como beneficio equivalente al 25% del salario. Este valor se integra al salario para efectos de cotizacion al IMSS e INFONAVIT. Las empresas que otorgan vivienda gratuita a sus trabajadores (comun en el sector agricola y minero) deben considerar esta integracion en sus bases de cotizacion.
Art. 84. Integracion del salario
Define que el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitacion, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestacion que se entregue al trabajador por su trabajo.
Art. 136. Derecho a habitacion para trabajadores
Toda empresa esta obligada a proporcionar a los trabajadores habitaciones comodas e higienicas. Para cumplir esta obligacion, las empresas realizan aportaciones al INFONAVIT.
Art. 149. Habitaciones arrendadas
Cuando el patron proporcione habitacion a los trabajadores en arrendamiento, la renta no podra exceder del medio por ciento mensual del valor catastral.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo