LFT

Artículo 148. Devolucion de fondos de vivienda

En caso de que el trabajador no haya utilizado su credito INFONAVIT, al momento de su retiro tendra derecho a la devolucion de los fondos acumulados en su subcuenta de vivienda.

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Texto Legal

Articulo 148 - Devolucion de Fondos

Cuando los trabajadores no hayan ejercido su derecho a credito, podran obtener la devolucion de los fondos acumulados en su subcuenta de vivienda al momento del retiro, en los terminos de la Ley del INFONAVIT.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La devolucion de fondos de vivienda al trabajador que no utilizo credito INFONAVIT se realiza al momento de su retiro, conforme a las reglas del SAR. Los trabajadores que cumplan 65 anos o tengan una negativa de pension pueden acceder a estos fondos. Las empresas deben orientar a sus trabajadores proximos a retirarse sobre el procedimiento para recuperar sus fondos de vivienda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 148 del LFT?

En caso de que el trabajador no haya utilizado su credito INFONAVIT, al momento de su retiro tendra derecho a la devolucion de los fondos acumulados en su subcuenta de vivienda.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 148 de la Ley del Trabajo?

La devolucion de fondos de vivienda al trabajador que no utilizo credito INFONAVIT se realiza al momento de su retiro, conforme a las reglas del SAR. Los trabajadores que cumplan 65 anos o tengan una negativa de pension pueden acceder a estos fondos. Las empresas deben orientar a sus trabajadores proximos a retirarse sobre el procedimiento para recuperar sus fondos de vivienda.

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