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Artículo 7/IVA/N. Tasa 0% del IVA en alimentos y medicinas

El SAT precisa los supuestos en que la enajenacion de alimentos y medicinas se grava a tasa 0% del IVA, y distingue entre alimentos basicos y productos procesados o de lujo que se gravan a tasa general.

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Texto Legal

Criterio 7/IVA/N - Tasa 0% en alimentos y medicinas

Interpretacion normativa

El articulo 2-A, fraccion I de la Ley del IVA establece que se aplicara la tasa del 0% a la enajenacion de animales y vegetales no industrializados, medicinas de patente, y productos alimenticios destinados a la alimentacion (excepto los senalados en la propia ley). El SAT interpreta que esta tasa preferencial busca no encarecer los productos de la canasta basica.

Fundamento legal

- Articulo 2-A, fraccion I de la Ley del IVA
- Articulo 6 del Reglamento de la Ley del IVA
- Criterio Jurisdiccional 2a./J. 34/2019 (alimentos preparados)

Alimentos a tasa 0%

Se gravan a tasa 0%: productos de la canasta basica como frutas, verduras, carne en estado natural, huevo, leche, harina de trigo, maiz, pan, tortillas, aceites vegetales, cafe, sal, azucar, y agua no gaseosa ni compuesta. Tambien aplica a productos agricolas, pecuarios y pesqueros en estado natural o que hayan sido sometidos a procesos de conservacion comunes (refrigeracion, congelacion, secado).

Excepciones - Tasa general del 16%

Se gravan a tasa general: bebidas distintas de la leche (jugos, refrescos, agua embotellada con sabor), alimentos preparados para su consumo en el lugar de venta, caviar, salmon ahumado, angulas, productos de confiteria, chocolates, chicles, y alimentos procesados para mascotas. La distincion entre alimento basico y procesado genera frecuentes controversias.

Medicinas de patente

Las medicinas de patente se gravan a tasa 0% cuando sean para uso humano. Las medicinas veterinarias se gravan a tasa general del 16%. Los suplementos alimenticios y productos cosmeticos no se consideran medicinas de patente para efectos de esta tasa preferencial, aun cuando contengan ingredientes medicinales.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La clasificacion correcta de productos para determinar si aplica tasa 0% o tasa general del 16% es critica para empresas de la industria alimentaria. La frontera entre alimento basico y producto procesado genera frecuentes controversias con el SAT. Recomendamos obtener una opinion tecnica que sustente la clasificacion de cada producto, especialmente cuando se trate de alimentos que hayan sido sometidos a procesos de transformacion que puedan cambiar su naturaleza fiscal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 7/IVA/N del CN SAT?

El SAT precisa los supuestos en que la enajenacion de alimentos y medicinas se grava a tasa 0% del IVA, y distingue entre alimentos basicos y productos procesados o de lujo que se gravan a tasa general.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 7/IVA/N de la Criterios Normativos SAT?

SDV Asesores: La clasificacion correcta de productos para determinar si aplica tasa 0% o tasa general del 16% es critica para empresas de la industria alimentaria. La frontera entre alimento basico y producto procesado genera frecuentes controversias con el SAT. Recomendamos obtener una opinion tecnica que sustente la clasificacion de cada producto, especialmente cuando se trate de alimentos que hayan sido sometidos a procesos de transformacion que puedan cambiar su naturaleza fiscal.

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