Establece las infracciones específicas en que incurren los asesores fiscales por no cumplir con sus obligaciones en materia de esquemas reportables conforme al Título VI del CFF, incluyendo la no revelación, revelación extemporánea o incompleta de esquemas.
Son infracciones de los asesores fiscales en materia de esquemas reportables las siguientes:
No revelar un esquema reportable generalizado o personalizado dentro de los plazos establecidos en el artículo 197 de este Código.
No proporcionar a los contribuyentes la constancia de revelación del esquema reportable que incluya el número de identificación asignado por el SAT.
Revelar de manera incompleta o con errores un esquema reportable, omitiendo información que permita a la autoridad fiscal comprender plenamente el esquema y sus efectos fiscales.
No informar al contribuyente sobre la existencia de un impedimento legal que le impida revelar el esquema, cuando dicho impedimento exista, de manera que el contribuyente pueda asumir la obligación de revelación.
No proporcionar al SAT la lista de los contribuyentes a los que les brindó asesoría fiscal respecto de los esquemas reportables revelados.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Los asesores fiscales que disenan esquemas de planeacion estan obligados a revelarlos al SAT y proporcionar constancia a sus clientes. Si existe un impedimento legal para revelar, deben informar al contribuyente para que este asuma la obligacion. No cumplir genera multas millonarias. Todo despacho fiscal debe implementar procesos de identificacion de esquemas reportables.
Art. 87-B. Multas para asesores por infracciones en esquemas reportables
Fija los montos de las multas aplicables a los asesores fiscales que cometan infracciones en materia de esquemas reportables, conforme al artículo 87-A. Las sanciones son particularmente severas para disuadir la elusión fiscal.
Art. 197. Obligación de revelar esquemas reportables
Establece la obligación de los asesores fiscales de revelar al SAT los esquemas reportables que diseñen, comercialicen, organicen, implementen o administren. Cuando no exista asesor fiscal, la obligación recae en el contribuyente.
Art. 199. Características de los esquemas reportables
Enumera las catorce características que hacen a un esquema fiscal reportable, incluyendo la transmisión de pérdidas fiscales, operaciones entre partes relacionadas, reorganizaciones empresariales, pagos a regímenes fiscales preferentes y mecanismos para evitar el intercambio de información.
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