Enumera las infracciones que cometen los contribuyentes al oponerse, obstaculizar o no cooperar con el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, incluyendo auditorías, visitas domiciliarias y revisiones de gabinete.
Son infracciones relacionadas con el ejercicio de las facultades de comprobación:
Oponerse a que se practique la visita domiciliaria en el domicilio fiscal. No proporcionar los datos e informes que legalmente exijan las autoridades fiscales; no proporcionar la contabilidad o parte de ella, el contenido de las cajas de valores y en general, los elementos que se requieran para comprobar el cumplimiento de obligaciones propias o de terceros.
No conservar la contabilidad o parte de ella, así como la correspondencia que los visitadores les dejen en depósito.
No suministrar los datos e información que legalmente exijan las autoridades fiscales, no proporcionar la contabilidad o los elementos necesarios para comprobar el cumplimiento de obligaciones.
No atender los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los medios de prueba que establece este Código, o no cumplir con las obligaciones que deriven de dichos requerimientos.
Ejercer resistencia u oposición a la práctica de las visitas domiciliarias, a la revisión electrónica o al procedimiento administrativo de ejecución.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Oponerse a una visita domiciliaria, no proporcionar contabilidad o resistirse a las auditorias del SAT son infracciones graves con multas elevadas. Cooperar con las autoridades durante una revision es la mejor estrategia; la resistencia solo agrava la situacion. Siempre ten un asesor fiscal presente durante cualquier diligencia de comprobacion.
Art. 42. Facultades de comprobacion de la autoridad fiscal
Enumera las facultades de comprobacion que tienen las autoridades fiscales para verificar el cumplimiento de obligaciones, incluyendo visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electronicas y revisiones de dictamenes.
Art. 46. Reglas para visitas domiciliarias
Establece las reglas procedimentales que deben observarse durante las visitas domiciliarias, incluyendo el levantamiento de actas parciales y final, los derechos del contribuyente y las formalidades del procedimiento.
Art. 86. Multas por infracciones en facultades de comprobación
Fija los montos de las multas aplicables por oponerse o no cooperar con las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, previstas en el artículo 85. Las sanciones son severas dado que obstaculizar la fiscalización afecta el interés público.
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