Establece los montos específicos de las multas por cada tipo de infracción relacionada con la presentación de declaraciones previstas en el artículo 81. Las cantidades varían según el tipo de obligación incumplida y la gravedad de la omisión.
A quienes cometan las infracciones señaladas en el artículo 81 de este Código, se les impondrán las siguientes multas:
De $1,810 a $22,400 a las comprendidas en la fracción I del artículo 81, por cada obligación no declarada. Si se cumple la obligación después del requerimiento, la multa será de $1,810 a $44,790.
De $1,240 a $36,740 a las comprendidas en la fracción II del artículo 81, por cada declaración informativa no presentada.
De $660 a $8,550 a las comprendidas en la fracción III del artículo 81, por cada dato erróneo o incompleto.
De $14,560 a $24,270 a las comprendidas en la fracción IV del artículo 81.
De $10,690 a $21,360 a las comprendidas en la fracción V del artículo 81, por no presentar la declaración informativa de operaciones con terceros.
De $14,940 a $149,430 a las comprendidas en la fracción VI del artículo 81, por no presentar el dictamen de estados financieros.
De $6,760 a $20,270 a las comprendidas en la fracción VII del artículo 81, por no presentar la contabilidad electrónica en los plazos establecidos.
Las multas se actualizan conforme al artículo 17-A de este Código y se publican anualmente en el Anexo 5 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores: Las multas por no presentar declaraciones van desde $1,810 hasta $149,430 dependiendo del tipo de obligacion. No presentar el dictamen fiscal es de las mas costosas. Los montos se publican anualmente en el Anexo 5 de la Resolucion Miscelanea. Presentar declaraciones con errores tiene multas menores que no presentarlas, por lo que siempre es mejor presentar aunque sea de forma incompleta.
Art. 75. Circunstancias agravantes en la imposición de multas
Establece las circunstancias agravantes que las autoridades fiscales deben considerar al imponer multas, incluyendo reincidencia, uso de documentos falsos, omisión reiterada de obligaciones y resistencia a las facultades de comprobación. Define los criterios para la individualización de sanciones.
Art. 81. Infracciones por no presentar declaraciones, solicitudes o avisos
Enumera las infracciones relacionadas con la omisión o presentación extemporánea de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o constancias fiscales. Incluye declaraciones de pago, informativas, de operaciones con terceros y demás obligaciones formales.
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