CFF

Artículo 82-A. Infracciones por incumplimiento en información de instituciones financieras

Establece las infracciones en que incurren las instituciones financieras y otros sujetos obligados por no cumplir con las obligaciones de información previstas en el CFF, particularmente las relativas al intercambio automático de información financiera.

instituciones-financierasinformacioncuentas-reportablesintercambio-automatico

Texto Legal

Artículo 82-A — Infracciones por Información de Instituciones Financieras

Son infracciones relacionadas con las obligaciones de las instituciones financieras de presentar información:

I. No identificar cuentas reportables

No realizar los procedimientos de debida diligencia para identificar las cuentas reportables o las cuentas de alto valor conforme a lo establecido en las disposiciones fiscales aplicables.

II. No presentar información

No presentar ante las autoridades fiscales la información de las cuentas reportables a que se refiere el artículo 32-B Bis de este Código, o presentarla de manera incompleta o con errores.

III. No obtener declaraciones

No obtener las autocertificaciones o declaraciones de titulares de cuentas financieras para determinar su residencia fiscal, o aceptar autocertificaciones que contengan información que se sepa o debiera saberse que es incorrecta.

IV. No mantener registros

No conservar la documentación y registros de los procedimientos aplicados para el cumplimiento de las obligaciones de intercambio de información financiera durante los plazos establecidos.

V. Incumplimiento de bloqueo

No realizar el bloqueo de cuentas financieras en los casos previstos por las disposiciones fiscales cuando el titular no proporcione la información o autocertificación requerida.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: Las instituciones financieras tienen obligaciones estrictas de debida diligencia para identificar cuentas reportables bajo estandares internacionales como el CRS. No obtener autocertificaciones de clientes o no conservar registros puede generar multas millonarias. Si tu empresa opera como intermediario financiero, implementa protocolos claros de cumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 82-A del CFF?

Establece las infracciones en que incurren las instituciones financieras y otros sujetos obligados por no cumplir con las obligaciones de información previstas en el CFF, particularmente las relativas al intercambio automático de información financiera.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 82-A de la Código Fiscal?

SDV Asesores: Las instituciones financieras tienen obligaciones estrictas de debida diligencia para identificar cuentas reportables bajo estandares internacionales como el CRS. No obtener autocertificaciones de clientes o no conservar registros puede generar multas millonarias. Si tu empresa opera como intermediario financiero, implementa protocolos claros de cumplimiento.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 82-A del CFF?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 82-A CFF desde tu celular