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Artículo 59. Discusión de proposiciones urgentes

Las proposiciones o proyectos pueden discutirse de inmediato si son calificados como urgentes por dos terceras partes de la Cámara. Esto permite abordar temas de relevancia inmediata.

urgenciadiscusiónproyectos

Texto Legal

En los casos de urgencia u obvia resolución, calificados por el voto de las dos terceras partes de los individuos de la Cámara que estén presentes, podrá ésta, a pedimento de alguno de sus miembros, dar curso a las proposiciones o proyectos en hora distinta de la señalada y ponerlos a discusión inmediatamente después de la lectura.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La capacidad de discutir proposiciones urgentes es una herramienta poderosa para los legisladores, y deben estar preparados para justificar la urgencia de sus propuestas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 59 del 219?

Las proposiciones o proyectos pueden discutirse de inmediato si son calificados como urgentes por dos terceras partes de la Cámara. Esto permite abordar temas de relevancia inmediata.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 59 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] La capacidad de discutir proposiciones urgentes es una herramienta poderosa para los legisladores, y deben estar preparados para justificar la urgencia de sus propuestas.

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