Si una ley se aprueba sin el dictamen de la Comisión, el informe a la Cámara revisora debe ser presidido por el autor del proyecto, si es miembro de la Cámara. Esto asegura la transparencia.
Si la ley de que se trate hubiere sido aprobada con dispensa de trámites y aún sin el dictamen de la Comisión, entonces la que nombre el Presidente de la Cámara para ir a informar a la revisora, deberá ser presidida por el autor del proyecto que motivare ese incidente, si fuere algún miembro de la Cámara.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La participación del autor del proyecto en el informe puede facilitar la comprensión de las intenciones detrás de la ley, lo que es útil para los legisladores.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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