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Artículo 132. Discusión de proyectos extensos

Los proyectos de ley con más de treinta artículos pueden ser discutidos por partes, siempre que la Cámara lo acuerde. Esto facilita la votación y discusión de proyectos complejos.

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Texto Legal

Todos los Proyectos de Ley que consten de más de treinta artículos podrán ser discutidos y aprobados por los libros, títulos, capítulos, secciones o párrafos en que los dividieren sus autores o las Comisiones encargadas de su despacho, siempre que así lo acuerde la Cámara respectiva, a moción de uno o más de sus miembros; pero se votará separadamente cada uno de los artículos o fracciones del artículo o de la sección que esté a debate, si lo pide algún miembro de la Cámara y ésta aprueba la petición.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los legisladores deben estar preparados para solicitar la votación por partes, lo que puede ser una estrategia efectiva para manejar proyectos extensos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del 219?

Los proyectos de ley con más de treinta artículos pueden ser discutidos por partes, siempre que la Cámara lo acuerde. Esto facilita la votación y discusión de proyectos complejos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] Los legisladores deben estar preparados para solicitar la votación por partes, lo que puede ser una estrategia efectiva para manejar proyectos extensos.

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