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Artículo 108. Explicación de dictámenes

Se establece que la Comisión dictaminadora debe explicar los fundamentos de su dictamen al inicio de la discusión si así lo solicita un miembro. Esto promueve la transparencia en el proceso legislativo.

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Texto Legal

Siempre que al principio de la discusión lo pida algún individuo de la Cámara, la Comisión dictaminadora deberá explicar los fundamentos de su dictamen y aún leer constancias del expediente, si fuere necesario; acto continuo, se seguirá el debate.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es importante que los miembros de la Cámara utilicen este derecho para entender mejor los dictámenes. Esto puede facilitar un debate más informado y efectivo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 108 del 219?

Se establece que la Comisión dictaminadora debe explicar los fundamentos de su dictamen al inicio de la discusión si así lo solicita un miembro. Esto promueve la transparencia en el proceso legislativo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 108 de la REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso?

[IA] Es importante que los miembros de la Cámara utilicen este derecho para entender mejor los dictámenes. Esto puede facilitar un debate más informado y efectivo.

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