RLISR

Artículo 80. Terminacion del regimen opcional para grupos

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a terminacion del regimen opcional para grupos, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 71 de la Ley.

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Texto Legal

Articulo 80 — Terminacion del regimen opcional para grupos

Para los efectos de el articulo 71 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Causales de terminacion

Para los efectos del regimen opcional de grupos de sociedades, se regulan las disposiciones relativas a causales de terminacion aplicables a la sociedad integradora y sus integradas.

II. Incumplimiento de requisitos

Se establecen las reglas para incumplimiento de requisitos, que deberan observar tanto la sociedad integradora como las sociedades integradas del grupo.

III. Revocacion de autorizacion

El procedimiento para revocacion de autorizacion se llevara a cabo conforme a las reglas especificas del regimen de grupo.

IV. Efectos de la terminacion

Las disposiciones relativas a efectos de la terminacion se aplicaran considerando la participacion accionaria de la integradora en cada integrada.

V. Transicion al regimen general

La sociedad integradora sera responsable de transicion al regimen general del grupo ante la autoridad fiscal.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La terminacion del regimen opcional para grupos obliga a todas las sociedades a enterar el impuesto diferido acumulado. SDV Asesores advierte que esta situacion puede representar un impacto financiero muy significativo para el grupo. Es recomendable evaluar periodicamente los beneficios del regimen frente a los costos y riesgos de su terminacion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 80 del RLISR?

Desarrolla las disposiciones reglamentarias aplicables a terminacion del regimen opcional para grupos, detallando los requisitos, procedimientos y condiciones conforme a el articulo 71 de la Ley.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 80 de la Reglamento LISR?

La terminacion del regimen opcional para grupos obliga a todas las sociedades a enterar el impuesto diferido acumulado. SDV Asesores advierte que esta situacion puede representar un impacto financiero muy significativo para el grupo. Es recomendable evaluar periodicamente los beneficios del regimen frente a los costos y riesgos de su terminacion.

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