RLISR

Artículo 259. Sector primario en el RESICO reglas especiales

Precisa las condiciones y reglas aplicables a sector primario en el resico reglas especiales, conforme a las disposiciones de el articulo 74 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

RESICOsector-primarioagricultura

Texto Legal

Articulo 259 — Sector primario en el RESICO reglas especiales

Para los efectos de el articulo 74 de la Ley, se observaran las siguientes disposiciones:

I. Reglas del RESICO

Para los efectos del Regimen Simplificado de Confianza, se precisan las disposiciones relativas a sector primario en el resico reglas especiales.

II. Requisitos

Los contribuyentes del RESICO deberan cumplir con los requisitos especificos establecidos para este regimen simplificado.

III. Procedimiento

El procedimiento para la determinacion y pago del impuesto en el RESICO se realizara conforme a las tablas y tasas previstas en la Ley.

IV. Obligaciones

Los contribuyentes cumpliran con las obligaciones de facturacion, declaracion y registro correspondientes.

V. Incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones del RESICO podra dar lugar a la salida del regimen conforme a las causales previstas.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El sector primario en el RESICO tiene reglas especiales que reconocen las particularidades de las actividades agricolas, ganaderas, silvicolas y pesqueras. SDV Asesores destaca que los contribuyentes del sector primario pueden acceder a exenciones y facilidades adicionales dentro del RESICO. La comprobacion de que los ingresos provienen efectivamente del sector primario es requisito indispensable.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 259 del RLISR?

Precisa las condiciones y reglas aplicables a sector primario en el resico reglas especiales, conforme a las disposiciones de el articulo 74 de la Ley, incluyendo los requisitos formales correspondientes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 259 de la Reglamento LISR?

El sector primario en el RESICO tiene reglas especiales que reconocen las particularidades de las actividades agricolas, ganaderas, silvicolas y pesqueras. SDV Asesores destaca que los contribuyentes del sector primario pueden acceder a exenciones y facilidades adicionales dentro del RESICO. La comprobacion de que los ingresos provienen efectivamente del sector primario es requisito indispensable.

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