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Artículo 36. Servicios preventivos de seguridad y salud

Los centros de trabajo deben contar con servicios preventivos de seguridad y salud, ya sean internos, externos o mixtos, conforme a la NOM-030-STPS.

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Texto Legal

Articulo 36 - Servicios Preventivos

Los centros de trabajo deben contar con servicios preventivos de seguridad y salud conforme a la NOM-030-STPS.

Tipos de servicios

- Internos: personal de la empresa dedicado a funciones de seguridad y salud
- Externos: empresas o profesionales contratados para brindar el servicio
- Mixtos: combinacion de recursos internos y externos

Funciones

Los servicios preventivos deben:

1. Elaborar el diagnostico de seguridad y salud
2. Desarrollar el programa de seguridad y salud
3. Implementar acciones preventivas y correctivas
4. Dar seguimiento al cumplimiento de las NOM
5. Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad
6. Investigar los accidentes de trabajo
7. Elaborar estadisticas de siniestralidad

Nivel de riesgo y tipo de servicio



| Nivel de riesgo | Tipo de servicio requerido |
|:--|:--|
| Bajo | Externo o responsable interno designado |
| Medio | Interno o externo con programa formal |
| Alto | Interno con personal especializado |

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores: La eleccion entre servicios preventivos internos, externos o mixtos debe basarse en el nivel de riesgo y la capacidad economica de la empresa. Para empresas de bajo riesgo, un servicio externo suele ser mas costo-eficiente. Para empresas de alto riesgo, el servicio interno es indispensable porque requiere presencia permanente. Recomendamos evaluar periodicamente la efectividad del servicio preventivo contratado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del RLFT?

Los centros de trabajo deben contar con servicios preventivos de seguridad y salud, ya sean internos, externos o mixtos, conforme a la NOM-030-STPS.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la Reglamento SST?

SDV Asesores: La eleccion entre servicios preventivos internos, externos o mixtos debe basarse en el nivel de riesgo y la capacidad economica de la empresa. Para empresas de bajo riesgo, un servicio externo suele ser mas costo-eficiente. Para empresas de alto riesgo, el servicio interno es indispensable porque requiere presencia permanente. Recomendamos evaluar periodicamente la efectividad del servicio preventivo contratado.

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