Todo dictamen aprobado se convierte en proyecto de ley o decreto y debe ser remitido a las instancias correspondientes. Este proceso es esencial para la continuidad legislativa.
1. Todo dictamen aprobado en sentido positivo por el Pleno se denominará proyecto de ley o decreto, según corresponda. Deberá ser remitido inmediatamente, en su caso, a la Cámara de Senadores, al Titular del Poder Ejecutivo Federal o a las legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] Asegúrese de que todos los dictámenes aprobados sean enviados de manera oportuna para evitar retrasos en el proceso legislativo. La correcta remisión es clave para la eficacia del trabajo legislativo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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