RCFF

Artículo 66. Ejercicio de facultades de comprobacion

Reglamenta el procedimiento general para el ejercicio de las facultades de comprobacion por parte de las autoridades fiscales, incluyendo las modalidades de revision, los derechos del contribuyente durante el procedimiento y los plazos aplicables.

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Texto Legal

Articulo 66 — Facultades de Comprobacion

Modalidades de comprobacion

Las autoridades fiscales podran ejercer sus facultades de comprobacion mediante:

I. Revision de gabinete o escritorio: La autoridad requiere al contribuyente, en su domicilio, la presentacion de documentos, datos e informes para su revision.

II. Visita domiciliaria: Los visitadores acuden al domicilio fiscal del contribuyente para revisar directamente su contabilidad y documentacion.

III. Revisiones electronicas: La autoridad revisa la informacion y documentacion que obra en su poder derivada de las declaraciones, CFDI y contabilidad electronica.

Orden de visita

Toda visita domiciliaria debera iniciarse con la notificacion de la orden de visita emitida por autoridad competente, la cual debera contener:

I. El lugar o lugares donde debe efectuarse la visita.

II. El nombre de la persona o personas con quienes se va a entender la diligencia.

III. El nombre de los visitadores designados.

IV. Los periodos y las contribuciones objeto de la revision.

Derechos del contribuyente visitado

Durante el ejercicio de las facultades de comprobacion, el contribuyente tiene derecho a:

- Ser informado al inicio de las facultades sobre sus derechos como contribuyente auditado.
- Designar dos testigos durante la visita domiciliaria.
- Corregir su situacion fiscal durante el procedimiento.
- Presentar pruebas y alegatos antes de que se emita la resolucion.

Plazos

Las visitas domiciliarias y revisiones de gabinete deberan concluirse dentro de un plazo maximo de 12 meses, contados a partir de que se notifique al contribuyente el inicio de las facultades.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Las facultades de comprobacion son el mecanismo mas poderoso del SAT para verificar el cumplimiento fiscal. En SDV recomendamos que el contribuyente nunca enfrente una auditoria sin asesoria especializada. Es critico verificar que la orden de visita cumpla con todos los requisitos legales, ya que su falta invalida todo el procedimiento. El derecho a corregir la situacion fiscal durante la auditoria puede resultar en multas reducidas, por lo que debe evaluarse estrategicamente.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 66 del RCFF?

Reglamenta el procedimiento general para el ejercicio de las facultades de comprobacion por parte de las autoridades fiscales, incluyendo las modalidades de revision, los derechos del contribuyente durante el procedimiento y los plazos aplicables.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 66 de la Reglamento CFF?

Las facultades de comprobacion son el mecanismo mas poderoso del SAT para verificar el cumplimiento fiscal. En SDV recomendamos que el contribuyente nunca enfrente una auditoria sin asesoria especializada. Es critico verificar que la orden de visita cumpla con todos los requisitos legales, ya que su falta invalida todo el procedimiento. El derecho a corregir la situacion fiscal durante la auditoria puede resultar en multas reducidas, por lo que debe evaluarse estrategicamente.

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