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Artículo 966. Auxilios a autoridades civiles

Los Generales, Jefes y Oficiales deben prestar auxilio a la policía y autoridades civiles en situaciones de motín o agresión, asegurando la seguridad pública.

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Texto Legal

Los Generales, Jefes y Oficiales tendrán el deber de prestar los auxilios posibles a la policía y autoridades civiles o militares que se vean amenazadas por un motín, o por una agresión o violencia cualquiera.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Este deber resalta la importancia de la colaboración entre la Armada y las autoridades civiles, lo que puede ser crucial en situaciones de crisis.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 966 del 218?

Los Generales, Jefes y Oficiales deben prestar auxilio a la policía y autoridades civiles en situaciones de motín o agresión, asegurando la seguridad pública.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 966 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Este deber resalta la importancia de la colaboración entre la Armada y las autoridades civiles, lo que puede ser crucial en situaciones de crisis.

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