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Artículo 967. Uso de uniformes

Los Jefes y Oficiales deben tener todos los uniformes requeridos y seguir estrictamente los modelos establecidos por el Reglamento, evitando mezclar prendas.

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Texto Legal

Estarán obligados a tener siempre todos los uniformes que prevenga el Reglamento respectivo, a cuyos modelos deberán sujetarse; y no mezclarán prenda alguna que no corresponda a dichos uniformes. Para el uso de éstos, deberán ceñirse estrictamente a las prevenciones del propio Reglamento.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La disciplina en el uso de uniformes refuerza la imagen institucional de la Armada y es fundamental para la cohesión del personal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 967 del 218?

Los Jefes y Oficiales deben tener todos los uniformes requeridos y seguir estrictamente los modelos establecidos por el Reglamento, evitando mezclar prendas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 967 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La disciplina en el uso de uniformes refuerza la imagen institucional de la Armada y es fundamental para la cohesión del personal.

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