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Artículo 963. Comunicación de noticias a la Secretaría

Los Generales, Jefes y Oficiales en el extranjero deben informar a la Secretaría del ramo sobre noticias y descubrimientos útiles para la Armada, asegurando una comunicación efectiva y oportuna.

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Texto Legal

Los Generales, Jefes y Oficiales que en comisión del Gobierno residan en naciones extranjeras o viajen por ellas, deberán comunicar a la Secretaría del ramo todas las noticias y descubrimientos que puedan ser útiles a la Armada.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La comunicación constante con la Secretaría es crucial para mantener la relevancia y efectividad de las operaciones de la Armada en el extranjero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 963 del 218?

Los Generales, Jefes y Oficiales en el extranjero deben informar a la Secretaría del ramo sobre noticias y descubrimientos útiles para la Armada, asegurando una comunicación efectiva y oportuna.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 963 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La comunicación constante con la Secretaría es crucial para mantener la relevancia y efectividad de las operaciones de la Armada en el extranjero.

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