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Artículo 833. Reconocimiento de voluntarios

El médico debe reconocer a los voluntarios que soliciten enganche y mantener vacunada a toda la tripulación. Esto asegura la salud y preparación del personal en el servicio.

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Texto Legal

Reconocerá a todo individuo voluntario que se presente solicitando enganche para el servicio, y comunicará por escrito al Comandante el resultado del reconocimiento.

Deberá mantener vacunada a toda la tripulación.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Mantener a la tripulación vacunada es una medida preventiva clave para evitar brotes de enfermedades en el buque.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 833 del 218?

El médico debe reconocer a los voluntarios que soliciten enganche y mantener vacunada a toda la tripulación. Esto asegura la salud y preparación del personal en el servicio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 833 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Mantener a la tripulación vacunada es una medida preventiva clave para evitar brotes de enfermedades en el buque.

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