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Artículo 832. Certificación de enfermedades

El médico no puede certificar enfermedades de la tripulación sin la orden del Comandante. Este procedimiento asegura que las decisiones médicas se alineen con la autoridad del buque.

certificaciónenfermedadesautoridad

Texto Legal

No podrá certificar las enfermedades de los individuos del buque, sin previa orden del Comandante.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los médicos sigan las jerarquías establecidas para evitar conflictos y asegurar un manejo adecuado de la salud a bordo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 832 del 218?

El médico no puede certificar enfermedades de la tripulación sin la orden del Comandante. Este procedimiento asegura que las decisiones médicas se alineen con la autoridad del buque.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 832 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es crucial que los médicos sigan las jerarquías establecidas para evitar conflictos y asegurar un manejo adecuado de la salud a bordo.

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