Antes de desembarcar a un tripulante con derecho a retiro por heridas, el médico debe informar por escrito al Comandante. Esto formaliza el proceso y asegura el cumplimiento de normativas.
Antes de que sea desembarcado o licenciado algún individuo de la tripulación, que por heridas graves en el servicio tenga derecho a solicitar retiro, rendirá por escrito al Comandante el informe correspondiente. ORDENANZA GENERAL DE LA ARMADA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Última Reforma DOF 19-10-2000 Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La documentación adecuada es fundamental para el manejo de casos de retiro, asegurando que se sigan los procedimientos establecidos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo