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Artículo 828. Consejos para evitar contagios

Si la enfermedad no se ha comunicado a los buques, es deber del médico aconsejar al Comandante sobre medidas para prevenir contagios en equipajes. Esto es crucial para mantener la salud en el buque.

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Texto Legal

Cuando la enfermedad epidémica o contagiosa, reinante en el puerto, no se hubiere comunicado a los buques, será de su deber aconsejar oficialmente al Comandante las medidas convenientes para evitar el contagio de los equipajes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La comunicación efectiva entre el médico y el Comandante es vital para implementar medidas preventivas adecuadas y evitar brotes de enfermedades a bordo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 828 del 218?

Si la enfermedad no se ha comunicado a los buques, es deber del médico aconsejar al Comandante sobre medidas para prevenir contagios en equipajes. Esto es crucial para mantener la salud en el buque.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 828 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La comunicación efectiva entre el médico y el Comandante es vital para implementar medidas preventivas adecuadas y evitar brotes de enfermedades a bordo.

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