El Capitán debe cuidar y conservar los objetos salvados en caso de naufragio, asegurando su entrega a las autoridades correspondientes. Esto es vital para la gestión de bienes.
Tanto en puertos nacionales como en el extranjero, tendrá especial cuidado de conservar todos los objetos que hayan podido salvarse, para que sean entregados oportunamente a quien corresponda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
[IA] La correcta conservación de objetos salvados puede evitar conflictos legales posteriores. Es recomendable documentar el estado y la propiedad de estos objetos.
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Art. 784. Responsabilidad en caso de naufragio
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Art. 786. Exención de presentación ante autoridad
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