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Artículo 757. Responsabilidad del Comandante

Aunque los prácticos son responsables de averías, el Comandante sigue siendo responsable en caso de problemas. Esto resalta la importancia de la supervisión del Comandante sobre las acciones del práctico.

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Texto Legal

Aun cuando los prácticos son responsables de avería por varada, abordaje o ignorancia de la posición de los bajos y dirección e intensidad de las corrientes, cuando se navegue bajo sus indicaciones, al Comandante, ayudado por sus Oficiales, vigilará el modo de obrar del práctico para hacerle las observaciones del caso y aun para oponerse a sus indicaciones cuando las juzgue expuestas a alguno de aquellos fracasos, pues el hecho de llevar práctico no eximirá de responsabilidad al Comandante, en caso de averías o pérdida del barco. Los servicios de los prácticos se pagarán de acuerdo con las tarifas establecidas, contándose dichos servicios desde que embarquen hasta que dejen el buque debidamente fondeado.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los Comandantes deben estar atentos a las decisiones del práctico y estar preparados para intervenir si es necesario para evitar accidentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 757 del 218?

Aunque los prácticos son responsables de averías, el Comandante sigue siendo responsable en caso de problemas. Esto resalta la importancia de la supervisión del Comandante sobre las acciones del práctico.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 757 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Los Comandantes deben estar atentos a las decisiones del práctico y estar preparados para intervenir si es necesario para evitar accidentes.

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