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Artículo 724. Prohibición de residencia a bordo

Se prohíbe la residencia a bordo de familias o particulares sin el permiso correspondiente del Jefe o de la Secretaría del ramo. Esta norma busca mantener la disciplina y el orden en el buque.

residenciafamiliaspermiso

Texto Legal

Por ningún motivo permitirá la residencia a bordo de familia alguna, ni dará pasaje a las de los Oficiales, tripulación o particulares, sin previo permiso del Jefe de quien dependa o de la Secretaría del ramo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Los comandantes deben ser estrictos en la aplicación de esta norma para evitar problemas de disciplina y asegurar el cumplimiento de las regulaciones a bordo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 724 del 218?

Se prohíbe la residencia a bordo de familias o particulares sin el permiso correspondiente del Jefe o de la Secretaría del ramo. Esta norma busca mantener la disciplina y el orden en el buque.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 724 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Los comandantes deben ser estrictos en la aplicación de esta norma para evitar problemas de disciplina y asegurar el cumplimiento de las regulaciones a bordo.

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