218

Artículo 654. Pruebas de arboladura y máquina

El Comandante debe probar la arboladura, velamen y máquina del buque a la brevedad tras recibir el mando. Esto es crucial para garantizar la operatividad del buque.

pruebasarboladuramaquinacomandante

Texto Legal

Recibido del mando y a la mayor brevedad posible, probará la arboladura, velamen y máquina, pudiendo disponer navegación corta para estas formalidades, previo permiso del superior de quien dependa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Realizar pruebas de manera oportuna es fundamental para evitar retrasos en la operatividad del buque. Los comandantes deben coordinar estas pruebas con anticipación.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 654 del 218?

El Comandante debe probar la arboladura, velamen y máquina del buque a la brevedad tras recibir el mando. Esto es crucial para garantizar la operatividad del buque.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 654 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Realizar pruebas de manera oportuna es fundamental para evitar retrasos en la operatividad del buque. Los comandantes deben coordinar estas pruebas con anticipación.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 654 del 218?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 654 218 desde tu celular