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Artículo 511. Parte del Oficial de guardia

El Oficial de guardia debe informar al Comandante sobre los sucesos en el barco y las actividades de los botes. También es responsable de comunicar cualquier ocurrencia grave y de pedir permiso para entregar o recibir la guardia.

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Texto Legal

El Oficial de guardia dará parte personalmente al Comandante de cuanto ocurra en el barco, o enviará con el mismo objeto a uno de sus subalternos cuando el asunto fuere de importancia y el Oficial no pudiera abandonar la cubierta. Igualmente le enterará de los botes que atraquen y desatraquen de a bordo, cuando sea preciso; de los ejercicios que se hagan en el día y las horas de efectuarse, bien entendido de que por sí le avisará cualquiera ocurrencia grave y que le pedirá permiso para entregar o recibir la guardia, haciéndolo por conducto del Segundo Comandante, si estuviere presente, y enterándole de cuanto ocurriere.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] Es crucial que los Oficiales de guardia mantengan una comunicación clara y constante con el Comandante para asegurar la seguridad y el orden a bordo. Esto puede prevenir malentendidos y garantizar una respuesta rápida ante cualquier incidente.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 511 del 218?

El Oficial de guardia debe informar al Comandante sobre los sucesos en el barco y las actividades de los botes. También es responsable de comunicar cualquier ocurrencia grave y de pedir permiso para entregar o recibir la guardia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 511 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] Es crucial que los Oficiales de guardia mantengan una comunicación clara y constante con el Comandante para asegurar la seguridad y el orden a bordo. Esto puede prevenir malentendidos y garantizar una respuesta rápida ante cualquier incidente.

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