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Artículo 458. Cuidado de animales

El despensero debe vigilar la limpieza de los lugares donde se conducen animales y asegurar que reciban forraje y agua. También es responsable de la conservación de los cueros.

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Texto Legal

Vigilará la limpieza de los lugares en que se conduzcan animales en pie y cuidará que se les suministre el forraje y agua necesarios; hará matar los destinados al consumo, de acuerdo con las órdenes que reciba, y tomará las medidas oportunas para la buena conservación de los cueros.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] El bienestar de los animales es esencial para el funcionamiento del buque. Se recomienda establecer un horario de alimentación y limpieza para asegurar su cuidado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 458 del 218?

El despensero debe vigilar la limpieza de los lugares donde se conducen animales y asegurar que reciban forraje y agua. También es responsable de la conservación de los cueros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 458 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] El bienestar de los animales es esencial para el funcionamiento del buque. Se recomienda establecer un horario de alimentación y limpieza para asegurar su cuidado.

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