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Artículo 459. Revisión de utensilios

El despensero debe realizar revisiones frecuentes en los ranchos de marinería y cocinas para asegurar que los utensilios estén completos. Cualquier falta debe ser reportada al Oficial de equipo.

utensiliosrevisiónmarinería

Texto Legal

Pasará frecuentes revistas a los ranchos de marinería y a las cocinas para cerciorarse de que están completos los utensilios, y si notare alguna falta la participará al Oficial de equipo, solicitando el reemplazo o compostura y que se hagan los cargos correspondientes si resultare culpabilidad.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

[IA] La revisión regular de utensilios es clave para la operatividad de la cocina. Se sugiere llevar un inventario de los utensilios para facilitar esta tarea.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 459 del 218?

El despensero debe realizar revisiones frecuentes en los ranchos de marinería y cocinas para asegurar que los utensilios estén completos. Cualquier falta debe ser reportada al Oficial de equipo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 459 de la ORDENANZA de la Armada?

[IA] La revisión regular de utensilios es clave para la operatividad de la cocina. Se sugiere llevar un inventario de los utensilios para facilitar esta tarea.

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